este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. F. 49.606,60 de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; constando en autos el pago total, se ordena dar por terminado el presente proceso, y su consecuente remisión al archivo judicial. Asimismo, Vista la solicitud de la parte demandada, donde solicita la devolución de las pruebas; este Tribunal acuerda lo solicitado conforme al artículo 21 Ordinal 2° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- ASI SE ESTABLECE.-
La Juez
La Secretaria
Vilma Leal
Abg. Norialy Romero