Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Natalia Castro, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora recurrente contra la sentencia de fecha 17 de marzo de 2011 dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. En consecuencia, se ordena al señalado Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, que admita la demanda de nulidad interpuesta por la empresa Traki CCB Plus, C.A. contra la Providencia Administrativa N° 0691-2010 de fecha 29 de Julio de 2010, correspondiente al expediente N° 079-2010-01-01346, dictada por la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz, Sede Sur, en la c.....