Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano FRANKLIN JESUS RIVE contra la Empresa SEL FEX S.A. ( GRUPO LONY ) En consecuencia, se ordena al demandado cancelar a la actora la suma de CIENTO TRECE MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS ( BS. 113.117.763,90 )
que comprende todos y cada uno de los conceptos por prestaciones sociales y demás débitos laborales arriba discriminados, más los intereses de mora, e indexación judicial que arroje la experticia complementaria del fallo. Los honorarios del experto correrán por cuenta de la parte demandada. .....