IV.- DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por las abogadas LILIANA BETANCOURT y RAMONA MENDOZA LIENDO, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano ALVARO SALVADOR DE ARMAS DAVILA, contra el auto dictado en fecha 08.06.2015, el cual negó oír las apelaciones de fechas 02.06.2015 y 03.06.2015, contra la decisión dictada el 27.05.2015 proferida por el Juzgado Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que niega el recurso de apelación por cuanto "atentaría contra la celeridad y economía del proceso, llevando el conocimiento de otro órgano judicial una providencia que por imperativo de las prop.....