éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE en razón del territorio para conocer demanda que por DIVORCIO CONTENCIOSO, incoada por el ciudadano DAVID ALEXANDER RODRIGUEZ GONZALEZ contra la ciudadana ZORAIDA ANTONIA MARMOLE CALZADILLA, y como consecuencia de ello DECLINA el conocimiento del presente asunto al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Estado Miranda con sede en los Teques que resulte sorteado. SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Ban.....