PRIMERO: Se admite totalmente la acusación formulada por el Ministerio Público en contra del adolescente ABRAHAM GRANADO ALVAREZ, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICA, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como las pruebas promovidas en su escrito acusatorio, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes, siendo el Juez de Juicio que le corresponda conocer de la presente causa, quien las apreciará para su valoración. En consecuencia se ordena el enjuiciamiento de dicho adolescente. SEGUNDO: Se acuerda mantener la medida cautelar contenida en el artículo 582 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar quien aquí decide, que el adolescente de autos ha dado fiel cumplimiento a la misma, por lo que no existen fundados motivos para presumir que el adolescente de autos evadirá el pr.....