DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la Revisión de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, presentada por el ciudadano Fiscal N° 104° de Ministerio Público: Abg. YOHNY JOSÉ GONZÁLEZ RAMÍREZ, en su condición de representante del Estado Venezolano y cómo titular de la acción Penal por tratarse de un delito de acción Público, en tal sentido deberá librase boleta de libertad N° 107-08, a nombre del ciudadano DOUGLAS JOSÉ DUQUE MAITA titular de la cédula de identidad N° V- 14.954.768, dirigida al Director del Internado Judicial Rodeo I, a fin que el mismo comparezca el día siguiente para imponerlo de la presente decisión, así cómo notificaciones a las partes, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Pr.....