PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoaran las ciudadanas CLARISEL OROPEZA y MÓNICA REYES, en contra del INSTITUTO METROPOLITANO DE CIRUGIA C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. SE ORDENA el pago de los conceptos laborales señalados en la motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: SE ORDENA el pago de los intereses sobre prestación de antigüedad, intereses de mora e indexación judicial, conforme a lo establecido en la sentencia Nº 1.841 de fecha 11 de noviembre de 2008, dictada por la Sala de Casación Social de nuestro Máximo Tribunal, cuyos conceptos serán determinados mediante experticia complementaria del fallo, conforme a los parámetros señalados en la motiva de la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.