En el caso que nos ocupa, surgió en consecuencia, un hecho sobrevenido, por lo que al ser declarado con lugar el recurso de hecho ejercido por el abogado SALVADOR CALLES, actuando como apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana GEORBETH TERESITA FARIÑAS, contra el auto de fecha 10 de junio del presente año, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (auto recurrido en ambas incidencias), en el cual se ordenó oír la apelación en ambos efectos, originándose una pérdida sobrevenida del objeto del recurso de apelación, ejercido en fecha 28 de mayo de 2024, por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el tribunal de la causa en fecha 23 de mayo de 2024, cuyo recurso de apelación fue oído en un solo efecto, en el referido auto -10 de junio de 2024- , tramitado en la presente incidencia, no teniendo este tribunal objeto sob.....