Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SUSPENDE EL CURSO DEL PROCESO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO tiene intentado la ciudadana MARÍA TERESA ARCAYA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad Nº V-210.068 representada en este proceso por el ciudadano MOISES AMADO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 37.120; contra la ciudadana LILIA COLINA OROZCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-3.569.801, sin representación alguna; hasta que conste en autos prueba de la propiedad actual del inmueble y se cumplan los requisitos establecidos en el Decreto Nº 31 de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libe.....