DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la abogada Anastacia Rodríguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 88.222, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano YONNATAN JOSE VASQUEZ FERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.991.808, contra la entidad de trabajo GRUPO CONSTRUCTOR NSM, C.A.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Se deja expresa constancia que el lapso de los tres (3) días para apelar contra esta decisión, comenzará a transcurrir siguiente al día de hoy, de conformidad con lo establecido en el a.....