Se HOMOLOGÓ el CONVENIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES FAMILIARES al cual han llegado los ciudadanos MIGUEL ANGEL NADAL RIVAS y MARIA DANIELLA CECCATO SIMOZA, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° V.- 9.964.080 y V.- 11.226.029 respectivamente, a favor de sus hijos, la niña (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes), de 02 y 07 años de edad respectivamente