Corolario de todo lo antes expresado, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: primero: procedente en Derecho la pretensión de desalojo contenida en la demanda incoada por la sociedad mercantil Valio Realty, C.A. contra Diana Rebeca Suárez Hernández, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo; segundo: como consecuencia de tal resolución, se condena a la parte demandada a desalojar el inmueble objeto de la demanda identificado con el número y letra Uno Raya Uno "A" (1-1A), situado en la planta o piso 1 de la Torre A, del Edificio Residencias Nadar, situado en la Terraza G, Calle Panamá, Urbanización Terrazas del Club Hípico, Municipio Baruta del estado Miranda; tercero: a pagar la suma de Bs. 49.441,00, en concepto de daños y perjuicios equivalente a los cánones de alquiler, tal como fue reclamado en el .....