Se Admite y se Homologo el Convenimiento de la Extensión de la Obligación de Manutención presentada por el abogado RAMON LISCANO, en su carácter de Fiscal Centésimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y suscrito por los ciudadanos HAYDEE DEL VALLE ANDRADES y ELIGIO RAFAEL SALAZAR OLIVEROS, suscrito por los progenitores del niño el adolescente y la joven antes mencionado, en fecha 14 de Noviembre de 2013, ante la referida Fiscalía, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, del cual se evidencia que el progenitor aportará la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) mensuales, en cuatro (04) partidas semanales de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) cada una los cuales aportará directamente a la progenitora Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto