esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, solicitada por los ciudadanos JESUS GERARDO JAIMES MANRIQUE y BETSY DEL CARMEN PUERTA CHERENA, ya identificados, y consecuencialmente Disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha seis (06) de agosto del año 1992, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital.