SE ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA, así como sus medios de pruebas, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 64 de al Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia por el delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA previsto y sancionado en 39 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a Una Vida libre de Violencia SEGUNDO: ADMITE los siguientes medios de prueba: 1-Declaración de la ciudadana Psicóloga Lic. VERONICA COHEN en su condición de psicóloga en virtud que fue quien trató al a ciudadana victima con relación a los hechos denunciados por la ciudadana victima quien manifestó que la misma presentó una afectación. 2-Declaración de la victima CARMEN JULIA PERDOMO en su condición de victima puesto que la misma declarará con relación a la conducta desplegada por el ciudadano CARLOS JAVIER. 3-Declaración del ciudadano JESUS PERDOMO, Testigo presencial, siendo úti.....