Este Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, declara la FALTA DE JURISDICCION para conocer la presente solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO, intentada por la ciudadana DAYANA ALFONZO ISTURIZ, en contra de la empresa PRETZELVEN MARGARITA, CA., por considerar que la misma debe continuar en sede administrativa por órgano de la Inspectoría del Trabajo. Y ASI DE DECLARA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, aplicado al presente asunto siguiendo la previsión contenida en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir inmediatamente el presente expediente al Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, a los efectos de la consulta obligatoria. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Traba.....