DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones este Juzgado DUODÉCIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Inserción del Acta de Defunción, `presentada por la ciudadana GLORIA MARIA FONTANA PEREZ, asistida por la abogada MILAGRO MAITA GARCIA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 20.310; en consecuencia ofíciese a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, y anexese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que inserte el ACTA DE DEFUNCION correspondiente al ciudadano ANGEL FONTANA APARICIO, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.054.633, mayor de edad, domiciliado en las Residencias Las Clavellinas, Torre I, Piso 9, apartame.....