(...)Mediante diligencia suscrita el 20 de marzo de 2014, el abogado Wilder Márquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 145.571, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente Coca-Cola Femsa de Venezuela, S.A. -según se evidencia de instrumento poder cursante en autos-, estando facultado para ello, en nombre de su representada desiste expresamente de la oferta real de pago realizada en fecha 20 de febrero del año en curso, solicitando el cierre y archivo del expediente; en tal sentido, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos expuestos, y en consecuencia, se da por terminado el presente asunto(...)