DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO efectuado por el ciudadano LUIS QUIROZ VARELA, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil LUIAS GROUP, C.A., parte demandada en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, sigue en su contra la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, todos identificados en la parte inicial del presente fallo.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.