D E C I S I O N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO QUINTO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS; Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 555 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, dicta el siguiente pronunciamiento: ACUERDA SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR, impuesta a los adolescentes CARLOS EDUARDO FUMERO ALVAREZ, RONALD JOSE BELLORIN RODRIGUEZ y FERNANDO JOSE BARRIOS, plenamente identificados en actas, establecidas en el artículo 582, literal g) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el literal b) ejusdem que establece: La obligación que tiene los adolescentes de someterse bajo el cuidado de sus Representantes Legales, quienes estos últimos además deberán informar periódicamente a.....