IV. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la regulación de competencia interpuesto el 09.03.2006 (f. 13) por la abogada Laura Piuzzi, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadanos ORLANDO LÓPEZ FIGALLO, IBERAHY LÓPEZ de PILO, JOSÉ JESÚS LÓPEZ A., RONALD LÓPEZ FIGALLO, y CARMEN JOSEFINA LLOVERA de LÓPEZ, contra la sentencia interlocutoria dictada el 23.10.2003 (f. 12), por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la que declaró con lugar la cuestión previa de litispendencia, contenida en el ordinal primero del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte accionada, compañía UNIDAD GERIATRICA INTEGRAL UGICA, C.A.;.....