A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal declaró CON LUGAR la Oposición formulada por la sociedad mercantil LICORERIA Y CHARCUTERIA DIABREU, C.A., en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentare RAMÓN BERNAL OSSORIO contra JORGE PEREIRA DE ABREU, por lo que ordena la restitución -a cargo de la parte actora- de la empresa LICORERIA Y CHARCUTERIA DIABREU, C.A., en la posesión del inmueble constituido por el local comercial No. 3, ubicado en el lateral izquierdo, mirando desde la calle hacia adentro y su ancho aproximado de cuatro metros, con frente hacia la calle 14, el cual forma parte del inmueble de mayor extensión, construido sobre la parcela "F" de la manzana 30, que da su frente a la calle 14 de la urbanización La Atlántida, hoy Parroquia Catia La Mar, estado Vargas. Se ordenó notificar a las partes. Para cuya restitución se ordenó comisionar a los juzgados de municipio ejecutores del estado Vargas.