DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: SIN LUGAR la Prescripción alegada por la parte demandada; SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de cualidad alegada por la entidad de trabajo demandada, HOTEL HEROS C.A.; TERCERO: CON LUGAR demanda incoada el ciudadano JOSÉ EMILIANO LEÓN CASTILLO contra las entidades de trabajo INVERSIONES GECJ, C.A. y HOTEL HEROS, C.A., por PAGO DE CESTA TICKETS, en consecuencia se condena a las demandadas a pagar respectivo concepto.