Se dictó resolución en la cual se declaró: 1° CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. JOOCMAR OVIEDO, actuando en su carácter de Jueza Temporal del Tribunal Superior 4to de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección, mediante acta del 07/04/2015, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 2140, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 07/08/2003, con ponencia del Magistrado Dr. JOSE MANUEL DELGADO OCANDO. 2° Se ordena emitir copia certificada del presente fallo así como la totalidad de la presente incidencia para su debida información, en los términos expuestos en Sentencia Vinculante Nº 1175, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del 23/11/2010, con Ponencia de la Magistrado Carmen Zuleta de Merchán, Exped. Nº 08-1497. Del mismo modo, se ordena oficiar a la Jueza Inhibida con el objeto que remita la totalidad del asunto signado bajo el N° AP51-R-2015-004515, a la URDD a los fines legales consiguientes.-