en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, LA HOMOLOGA; en lo que respecta al procedimiento laboral instaurado en vía judicial, incoado la ciudadana ELVIRA BOMPART DE RAVELO, por concepto de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, contra la entidad de trabajo AVON COMESTICS DE VENEZUELA, dándole efecto de cosa juzgada.
Este Juzgado ordenará el cierre y archivo del expediente, transcurridos que sean cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha. Asimismo, se acuerda la expedición de copias certificas solicitadas, de conformidad con el Numeral 3° artículo 21 de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Juez
Abg. Omaira Alejandra Uranga Bolívar
La Secretaria
Abg. Nakary Pérez