En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la reconvención interpuesta por los abogados JOSÉ SARMIENTO SOSA, MARÍA GABRIELA SARMIENTO y GUSTAVO DOMINGUEZ, apoderados judiciales del ciudadano JEAN MAURICE BERGERON, en el juicio que sigue ASTILLERO Y VARADERO DEL CARIBE C. A., en su contra.