Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la Oferta Real de Pago instaurada por la entidad de trabajo CORPORACION COSE DELLA VITA C.A., a favor del ciudadano MARCOS RUIZ. No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.