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Decisiones del dia 04/07/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2010-004115 N° Sentencia : Fecha: 04/07/2013
Procedimiento:
Accion Mero Declarativa
Partes:
CIUDADANO EDGAR ROJAS CONTRA EL CIUDADANO LUDOVICO LEBEL
Resumen:
Ahora bien, por aplicación análoga del criterio establecido por la Sala Constitucional (antes transcrito) al caso de marras, observa éste Tribunal, de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, que desde la fecha en que fue librado por éste Juzgado el cartel de citación la parte demandada, hasta la presente fecha, efectivamente ha transcurrido íntegramente un lapso mayor a los treinta (30) días que otorga el criterio in-comento a la parte actora, para que retire, publique, consigne y fije el cartel respectivo, configurándose de tal modo para la parte actora, un abandono cierto del íter procesal, por lo que en consecuencia, opera sin lugar a dudas en su contra, la perención breve de la instancia. En tal sentido, es por lo antes expuesto, por lo que considera ésta Juzgadora, como director del proceso, que lo procedente y ajustado a derecho, es declarar, como en efecto declara LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA, en la presente causa. Y ASI SE DE.....
Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2011-001593 N° Sentencia : Fecha: 04/07/2013
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
CIUDADANO ORLANDO CASTILLO, CONTRA LA COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.)
Resumen:
Ahora bien, por aplicación análoga del criterio establecido por la Sala Constitucional (antes transcrito) al caso de marras, observa éste Tribunal, de la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, que desde la fecha en que fue librado por éste Juzgado el exhorto de citación respectivo, hasta la fecha en la cual fue consignado su acuse de recibo, efectivamente ha transcurrido un lapso mayor a los treinta (30) días que otorga el criterio in-comento a la parte actora, para que impulse la citación de la parte demandada, configurándose de tal modo para la parte actora, un abandono cierto del íter procesal, por lo que en consecuencia, opera sin lugar a dudas en su contra, la perención breve de la instancia. En tal sentido, es por lo antes expuesto, por lo que considera ésta Juzgadora, como director del proceso, que lo procedente y ajustado a derecho, es declarar, como en efecto declara LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA, en la presente causa. Y ASI SE.....
Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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