A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS y de BIENES, de los ciudadanos NAHILETH ELENA JIMENEZ GUILLEN y LUIS OCTAVIO ZAPATA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.330.679 y V-14.51.051, respectivamente; en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contrarios al orden público o las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en los artículos 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se acordó expedir la certificación solicitada, previo suministro de los fotostatos correspondientes.