DIPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el abogado NEIL FLORES, quien actúa en representación de la víctima, ciudadana CRUZ ELENA RODRÍGUEZ, en el sentido que el Tribunal reponga la causa al estado que se celebre nuevamente el acto de la audiencia oral prevista en el artículo 34 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, por cuanto adolece de todo fundamento la pretensión de la víctima, debiendo en consecuencia cumplir de manera inmediata con la orden proferida en esa oportunidad por este Juzgado, evitando planteamientos dilatorios encaminados a desconocer la autoridad del Juez