Por los razonamientos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- SE ORDENA la paralización de la presente causa hasta tanto el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat emita el certificado correspondiente de recálculo y reestructuración de la deuda. SEGUNDO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados ALEXANDER PREZIOSI, CAROLINA SOLÓRZANO, ÁLVARO PRADA y ALFREDO ABOU-HASSAN contra el auto dictado en esta causa por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial el 26 de febrero de 2007. TERCERO: Queda CONFIRMADO el auto apelado.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso, por cuanto no hubo actuación de la parte demandada en esta alzada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Me.....