este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBILE in limine litis la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentada por la ciudadana NAIYELI LEONOR NIEVES TINOCO contra la sociedad mercantil LABORATORIOS LA SANTÉ, C.A. Debido a la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas