A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS y de BIENES, de los ciudadanos EVA ANDREINA MARCANO GÓMEZ y GREGORY JOSÉ QUINTERO MACHADO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.195.405 y V-16.972.145 respectivamente; en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contrarios al orden público o las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en los artículos 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil. Se acordó expedir, por Secretaria, la certificación solicitada, así como la devolución de los documentos originales, previo suministro de los fotostatos necesarios.