En fuerza de lo expresado, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la abogada JEANNETTE COROMOTO RAMÍREZ RANGEL, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por este juzgado en fecha 14 de julio de 2025, con motivo de la incidencia surgida en el juicio que por NULIDAD DE DIVORCIO sigue la ciudadana MERY VICTORIA GONZÁLEZ contra los ciudadanos GEORGE FERREIRA CESAR y ANTHONY CESAR GONZÁLEZ; pues en el presente caso se evidencia que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio, por lo que, no encuadra dentro de las decisiones pasibles del referido recurso extraordinario de conformidad con el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. Y Así se .....