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Por todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en uso de las atribuciones que le confiere la ley declara homologada la presente conciliación, por lo que acuerda SUSPENDER EL PROCESO A PRUEBA por el plazo de seis (6) meses, el cual comenzará a contarse a partir de la presente fecha, teniendo como fecha de conclusión, de cumplirse las obligaciones pactadas, el día cuatro (4) de abril de 2007.
Se acuerda oficiar a la FUNDACION JOSE FELIX RIVAS, en la localidad de San Juan de Los Morros del Estado Guárico a los fines de hacer de su conocimiento que la joven de quien el Tribunal acuerda omitir su nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se encuentra a partir del día de hoy obligada a cumplir el tratamiento que se le sigue en dicha institución, razón por la cual la joven queda oficialmente sometida a or.....