En virtud de lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Se HOMOLOGA la transacción judicial celebrada en fecha 05 de mayo de 2016, entre la Sociedad Mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., representada por la abogada DULAINA BERMUDEZ ROZO, y la ciudadana EVELIN SAMPEDRO DE LOZADA, debidamente asistida por el abogado NESTOR MORALES VELÁSQUEZ; en los términos establecidos en su acuerdo transaccional y debiendo tenerse en consecuencia como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.