DECISION
En merito a las consideraciones anteriormente expuesta y a los fundamentos de hecho y de derecho igualmente expuestos, es por lo que este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de CONTRATO TRASLATIVO DE PROPIEDAD, presentado por las ciudadanas HILDEMARA VICUÑA MARIN y YENNIFER MAYORLAY BRICEÑO CAMPOS por no estar ajustada a derecho.
Se ordena devolver a la parte interesada el documento consignado en la presente solicitud, previa consignación de los fotostatos para su certificación, una vez quede firme la decisión dictada.
No hay condenatoria en costas vista la naturaleza de la presente decisión.
Déjese copia certificada de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 248 ibídem.
PUBLÍQUESE, NOTIFIQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del .....