DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ANULA DE OFICIO la decisión de fecha 10 de septiembre del presente año, ante el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, en relación al pronunciamiento segundo que ACUERDA LA DEVOLUCION DE LOS OBJETOS, incautados en el Allanamiento efectuado en fecha 14/08/08, en el establecimiento comercial DIVERSIONES HAWAI KAI, de conformidad con lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, así como todos los actos sucesivos con excepción a la presente decisión, relacionado con lo que acuerda la devolución de los objetos incautados el 14-08-08, a tenor de lo previsto en los artículos 190, 191, 195 y encabezamiento del 196 todos del Código Orgánico .....