Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente con el Recurso Jerárquico por el ciudadano RUBEN ANTONIO BELANDRIA PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.076.657, en consecuencia.
PRIMERO: Se confirma la Resolución N° HGJT-A-99-4983 de fecha 09-09-1999, que declaro Parcialmente con Lugar el Recurso Jerárquico ejercido contra la Resolución de imposición de Sanción N° HRA-500-DSA-637, de fecha 25-10-1994.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.