REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cuatro (4) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AH16-S-2008-000198
Vistas las actuaciones que anteceden; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las mismas TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor de la ciudadana ADA BUX DIAZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.516.463, sobre las mejoras y bienhechurìas, construidas sobre un terreno de propiedad privada en el lugar denominado Colinas de Monagas, Oro A Placer, Nº 04, Calle Principal, Parroquia Petare, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda. Según se evidencia en carta catastral, de fecha 01 de octubre del .....