PROCEDENTE la acción de amparo constitucional incoada por LISANDRO MATOS ZURITA, contra la empresa CASTELLANA MOTORS C.A. En consecuencia, se ordena a la parte accionada a dar cumplimiento a la providencia administrativa Nº. 00667-10 de fecha 17-11-2010, en los mismos términos en que fue dictada, ordenando el reenganche inmediato del trabajador en las mismas condiciones que poseía antes del momento en que se efectuó el ilegal despido, es decir, a su cargo de Armador y pago de salarios caídos desde la fecha de su irrito despido ocurrido el día 20-1-2010, para lo cual se le concede al accionado, cuarenta y ocho (48) horas, para cumplir el mandamiento de amparo.