Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa perentoria de prescripción alegada por JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR.- SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESUS MANUEL NAVARRO REYES, en contra de la demandada JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR, ambas partes suficientemente identificadas a los autos.- TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República de la presente decisión.- Y ASÍ SE DECIDE.-