PRIMERO: LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 29 de abril de 2019, por el JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que decidió Con Lugar la demanda.- SEGUNDO: LA NULIDAD del auto de fecha 30 de julio de 2019, dictado por el Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Juicio, que ordenó la remisión del expediente en consulta obligatoria.- TERCERO: REPONE la causa al estado de que el Juzgado de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, de respuesta al Oficio identificado bajo el N° 01-AMC-F88-0018-2019 que corre inserto a los autos bajo los folios noventa y cuatro (94) y noventa y cinco (95) de la pieza principal identificada bajo el numero uno (N° 01), emanado de la Fiscalía Octogésima Octava (88°) del Ministerio Publico con Competencia en Derechos y Garantías Constitucionales y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de.....