DISPOSITIVA
En virtud de las razones que preceden, esta Sala Siete de la Corte Apelación del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara la CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el el 12 de noviembre de 2014, por los abogados MARIJOSE FUTRILLE HERRERA, ESTEFANY NATALY SOSA y ERICK DAVID BARRIOS, en su condición de Fiscal Septuagésima Séptima (77º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA, de conformidad con el contenido en los artículos 122, 174, 175 y 179 todos del Código Orgánico Procesal Penal, de la decisión dictada el 05 de noviembre de 2014, por el Tribunal Cuadragésimo (40º) de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó la entrega en calidad de depósito del vehículo PLACA A-0AS1A, serial de carrocería N/A, seria.....