En base a los razonamientos expuestos, este juzgado se declara incompetente en razón del territorio, para seguir conociendo la solicitud de divorcio interpuesta por el abogado JHONATHAN ENRIQUE YLLAS HILLER, apoderado judicial de la ciudadana VERONICA ISABEL PEREZ VALDES RODRIGUEZ, ut supra identificados y declina la competencia al Tribunal del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, sede Pampatar, toda vez que el último domicilio conyugal lo tuvieron constituido en dicho Municipio, que forma parte de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, se ordena remitir el expediente completo al Tribunal del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, sede Pampatar, para que continúe con los trámites subsiguientes.