Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley DECLARA LA CONFESION FICTA en que ha incurrido la parte demandada, en consecuencia SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA POR RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentada por los abogados GERARDO A. CASO SANTELLI y ADRIANA ANZOLA de CASO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 39.098 y 39.164, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil BANCO FEDERAL, C.A., (antes identificada) contra el ciudadano SERGIO LUIS JOSE ZAMBRANO CENTENO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Guayana, y titular de la Cédula de Identidad No. V.-11.655.520, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de venta con reserva de dominio, suscrito en fecha 21 de Julio de 200.....