Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso apelación interpuesto por la parte actora, contra el acta de fecha 27 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Víctor Añanguren Mijares y otros, contra la Sociedad Mercantil Cervecería Polar, C.A. SEGUNDO: NULAS las actuaciones que rielan a los folios 174 al 176: TERCERO: SE REPONE la causa al estado que, el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, fije la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, pa.....