, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana MACARIA VIRGINIA URBINA DE LUGO, en contra de SEGUROS LA FE, C.A., en consecuencia, y actuando bajo la rectoría del principio de legalidad de las formas procesales establecidas en la ley adjetiva laboral, este Tribunal no podría pronunciarse sobre el escrito presentado por las partes en fecha 31 de marzo del presente año, sin vulnerar el debido proceso y subvertir el orden procesal establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dada la presente declaración de inadmisibilidad. Y ASI SE DECIDE.