DISPOSITIVA
ESTA SALA SÉPTIMA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando a tenor de la pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados AGUSTÍN ANDRADE CORDERO y AGUSTÍN ANDRADE GONZÁLEZ, en su carácter de Defensores Privados de la ciudadana ANA VICTORIA PÉREZ HERNÁNDEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 30 de marzo de 2006, en la cual ordenó a la supra mencionada ciudadana la obligación de salir de la residencia de sus padres, concediéndole quince (15) días, y la entrega inmediata a su señor padre tanto del vehículo, llaves y demás documentos inherentes a su identificación y propiedad, lo cual pertenece a la comunidad cony.....